Te cuento todo lo que necesitas saber sobre el disfrute de las vacaciones con tus hijos para no cometer errores y que todo discurra correctamente con mi experiencia como Abogado de Divorcios en Santander.
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Tramitamos Divorcios de mutuo acuerdo en toda España. Nuestra experiencia es nuestra garantía
Para nuestros hijos/as las vacaciones de verano son el periodo del año más esperado y aquel en el que disfrutan plenamente sin horarios ni tareas.
Por el contrario, para padres y madres es un periodo conflictivo y de estrés para las parejas divorciadas. No solo porque hay que conciliar el trabajo con la custodia de los hijos/as, sino porque hay que cumplir los acuerdos lo que en ocasiones por motivos laborales se hace muy complicado.
Te cuento los consejos que doy a mis clientes en esta época:
1º LA IMPORTANCIA DE TENER UN BUEN CONVENIO REGULADOR: Las vacaciones en el Convenio regulador.
Un Convenio regulador, la sentencia de divorcio o de guarda y custodia o el Auto de Medidas provisionales deben precisar claramente qué hacer con tus hijos/as cuando llega el verano.
Cada abogado/a elabora su modelo de Convenio regulador que expone a las partes para su debate y modificación. Ese modelo es fruto de sus conocimientos en Derecho de Familia, de su conocimiento de la Jurisprudencia sobre la que se nos exige estar al día, pero también de las experiencias vividas en múltiples negociaciones o litigios familiares.
Como Abogado de Divorcios en Santander con años de ejercicio a mis espaldas, siempre he recomendado a mis clientes que sus Convenios reguladores de divorcio pongan como centro de todas las negociaciones el interés de sus hijos/as por encima de todo y que sea un Convenio exhaustivo que contemple todas las situaciones posibles para evitar conflictos futuros.
Cada familia necesita un Convenio regulador único y especial. Y cuanto más detalle los repartos en periodos vacacionales, menos conflictos se generarán.
Aconsejo igualmente que se establezca un periodo de preaviso con unos meses de antelación para que cada progenitor pueda organizarse.
2º.- FLEXIBILIDAD PARA SOLUCIONAR LOS VACÍOS QUE HAYA EN TU CONVENIO:
¿Qué hago si mi Convenio regulador no deja claro cómo repartir las vacaciones de verano?
Si el reparto de los periodos de las vacaciones de verano en tu Convenio regulador es ambiguo, da lugar a diversas interpretaciones o deja en manos de ambos progenitores el comienzo, final o cómo distribuir los días, habrá que solventar este error.
Mi consejo como Abogado de Divorcios en Santander es que en primer lugar, dialogues con tu expareja.
Recuerda que para llegar a un acuerdo ha de ceder un poco cada parte y que tus hijos/as no se han divorciado de su padre y su madre. Ellos/as no han elegido esta situación y, por tanto, siguen queriéndoos a ambos y quieren disfrutar de vuestra compañía sin que tengan que sufrir presión por un forzado conflicto de lealtades que les hace mucho daño. Sé flexible.
Si no llegáis a un acuerdo, tienes dos opciones:
- Acudir a la mediación familiar para establecer el reparto.
- Instar en el Juzgado una modificación de medidas, solicitando que se concrete el reparto de las vacaciones en periodos exactos con alguno de los modelos que te explico más adelante.
¿Cómo repartimos los días de Junio y septiembre si solo se repartieron los de Julio y Agosto?
Un buen convenio contempla los días de Junio y Septiembre en el reparto, bien distribuyéndolos directamente o estableciendo que en esos periodos el régimen de estancia y visitas será el ordinario de todo el año.
Si no es así, vuestro Convenio no fue riguroso y nuevamente, como Abogado de Divorcios en Santander, te recomiendo en primer lugar que dialogues con tu expareja para acordar cómo organizaros en esos días.
Puedes proponer que los días de junio se mantenga el régimen ordinario; también puedes proponer que los días de Junio desde el fin del periodo lectivo, los niños los disfruten con un progenitor y los de septiembre hasta el inicio del curso escolar, con el otro.
También podéis tener en consideración quién disfruta cada quincena para añadir esos días de más a cada uno. Por ejemplo, si el 1 de julio comienzan su periodo de estancia con la madre, se podrán unir esos días de Junio para ampliar el periodo de estancia con ella. Y lo mismo en septiembre al otro progenitor.
Y si no llegáis a un acuerdo, tienes dos opciones:
- Acudir a la mediación familiar para establecer el reparto.
- Instar en el Juzgado una modificación de medidas, solicitando que se concrete el reparto de las vacaciones en periodos concretos con alguno de los modelos que te explico más adelante.
3º MODELOS DE REPARTO DE LAS VACACIONES: Divorcio y vacaciones de verano con los hijos, ¿Cómo se reparten?
En un Convenio de divorcio siempre contemplamos las vacaciones de verano como el periodo de tiempo no lectivo (sin clase) que va desde el final del curso en el mes de junio hasta el comienzo del nuevo curso en septiembre.
Como no se conocen de año a año las fechas exactas, la referencia siempre será al calendario del centro escolar al que asistan tus hijos/as o el de la Comunidad Autónoma en el que está ubicado.
El reparto puede hacerse de diferente manera, pero básicamente serían las siguientes:
→ Semanal
→ Quincenal.
→ Mensual.
Semanal: una semana con cada progenitor
Suele ser el modelo elegido por quienes han optado por la custodia compartida. Siguen en verano el modelo de todo el año.
También optan por este modelo las familias con hijos/as pequeños porque así evitan estar demasiado tiempo alejados de ellos.
Quincenal: quince días con cara progenitor
En este caso, se reparten los meses de julio y agosto en periodos de quince días, cuatro en total.
En los últimos días de junio y en los primeros de septiembre se suelen repartir entre ambos progenitores por semanas.
Generalmente, en esos quince días no suele haber régimen de visitas para el progenitor no custodio, pero si podrá seguir comunicándose por el móvil, el WhatsApp, videoconferencia, etc. De esta forma, se garantiza un periodo especial de estancia más intensa de los hijos/as con uno de los progenitores.
Mensual: Un mes de verano con cada uno
Era el modelo más tradicional de reparto. A un progenitor le corresponde el mes de julio y a otro el mes de agosto. Se suelen apurar los días finales de junio con el otro progenitor y lo mismo con los primeros días de septiembre hasta el inicio del curso escolar.
En estos tres casos, se suele establecer que un progenitor elige los periodos en años pares y otro en años impares. Más abajo te lo cuento.
¿Cuál es la mejor opción de reparto de las vacaciones de verano en un divorcio?
Mi consejo como Abogado de Divorcios en Santander y Mediadora familiar es que acordéis aquel que sea más beneficioso para vuestros hijos/as en función de su edad, sus actividades veraniegas, vuestro horario laboral y vuestra disponibilidad para compartir tiempo con vuestros hijos/as.
Se suele hacer coincidir las vacaciones estivales de los hijos/as con las vacaciones laborales de los progenitores, aunque es difícil que tengáis tantos días libres.
4º.- EL PLAZO DE PREAVISO: Plazo de preaviso para comunicar las vacaciones al otro progenitor
Si el convenio regulador de divorcio o de custodia contempla estas cláusulas de elección de periodos de vacaciones en años pares o impares, se plantea la necesidad de comunicar con un tiempo de preaviso la elección al progenitor al que corresponda.
Como Abogado de Divorcios en Santander desaconsejo dejar la elección tan abierta porque cuando la relación es conflictiva, se abre un nuevo conflicto cada año y el otro progenitor no podrá organizar el verano con tiempo suficiente porque depende de que el otro se lo comunique.
Es más recomendable establecer directamente qué periodo le corresponde a cada uno cada año. Por ejemplo, establecer que en los años pares la madre iniciará el disfrute con sus hijos/as en la primera mitad del periodo vacacional y el padre en el segundo y en los años impares, a la inversa.
Así, cada progenitor sabe cada año con varios meses de antelación cómo debe organizar su verano.
5º LA SUSPENSIÓN DEL RÉGIMEN DE VISITAS HABITUAL DURANTE LAS VACACIONES:
Pueden darse dos opciones en tu Convenio regulador de divorcio o de custodia:
- Que durante el periodo que disfrute cada progenitor en verano se mantengan las visitas con el otro progenitor.
- Que no sea así y se respete ese periodo con cada progenitor para fortalecer lazos.
Lo más habitual es que cuando los periodos de estancia en verano con cada progenitor sean amplios, tu Convenio o sentencia establezcan que durante el periodo vacacional se suspende el régimen de visitas de fin de semana e intersemanal porque ambos progenitores consideraron adecuado que los periodos de estancia más prolongados con sus hijos en verano contribuirá a estrechar lazos entre ellos.
El verano es largo y muchos progenitores echan de menos a sus hijos/as porque están acostumbrados a tener un contacto más cotidiano con ellos/as.
Dependiendo de la edad de los hijos/as y de la amplitud de los periodos acordados, como Abogado de Divorcio en Santander suelo proponer a las partes que uno o dos días de la semana el otro progenitor pueda tenerlos en su compañía.
Si durante el verano, tu hijo/s o hija/s te dicen que echan de menos a su madre o padre y que les gustaría verlo, por su bien (que ha de ser lo que prime siempre) mi consejo es que facilites ese contacto.
Facilita también el diálogo abierto y sincero con tus hijos para que se sienta seguro y te hable abiertamente de sus sentimientos y pueda expresarte que quiere ver al otro progenitor. Los menores suelen ocultarlos para no heriros. En muchas ocasiones sienten la presión de un conflicto de lealtades que no debería existir. Os necesitan a ambos y deberíais ver como algo natural que echen de menos a uno cuando estén con el otro.
6º ¿CÓMO SE REANUDARÍA EL RÉGIMEN ORDINARIO TRAS LAS VACACIONES?
Debería estar contemplado en tu Convenio cómo reiniciarlo, pero en caso de que no sea así, se suele empezar a aplicar de nuevo el régimen ordinario de estancia y visitas en el primer fin de semana tras el periodo vacacional por parte del progenitor que no disfrutó de este último periodo.
Pero si tu Convenio o sentencia indica expresamente que el cómputo de régimen ordinario de estancia y visitas no queda suspendido por la llegada del verano, tendréis que hacer un cómputo de todos los fines de semana para saber a quién le corresponderá iniciarlo de nuevo.
7º. COMUNICACIONES CON TUS HIJOS DURANTE LAS VACACIONES CON EL OTRO PROGENITOR:
Los clientes suelen llamarme para pedirme consejo porque no logran comunicar con sus hijos/as durante el periodo de estancia con el otro progenitor.
En primer lugar, como Abogado de Divorcios en Santander contemplo siempre en los convenios cómo se realizará esa comunicación para evitar conflictos. Recuerdo siempre a mis clientes que su obligación como padre y madre es facilitar las comunicaciones porque es un derecho de vuestros hijos/as, en primer lugar.
No cuesta nada mandar un WhatsApp, un audio o incluso un video que den tranquilidad al otro progenitor.
Recomiendo establecer un horario fijo de llamadas con un rango de tiempo adecuado, para que el padre o madre que no está con los menores pueda comunicar. Por ejemplo, un día entresemana fijo y los domingos entre las 19:00 y las 20:00 horas para que ninguno tenga que estar cada día pendiente de esa llamada y establecer límites para todas las partes.
Cuando los menores alcanzan la edad adecuada para disponer de móvil propio, esta comunicación se hace más sencilla porque ya se hace directamente con él.
Si se persiste en obstaculizar el contacto, habrá que tomar medidas legales. Es frustrante tener que acudir a la Justicia para una cuestión tan básica, pero es que obstaculizar la relación con el otro progenitor no es justo para tus hijos/as y es un motivo para pleitear por un cambio en el régimen de custodia si el diálogo no funciona
8. ¿QUÉ ACTIVIDADES PUEDO HACER CON MIS HIJOS DURANTE LAS VACACIONES?¿PUEDO VIAJAR CON MIS HIJOS EN VERANO?:
A.- VIAJES AL EXTRANJERO
Debes saber que antes de planificarlo has de contar con el consentimiento y la autorización del otro progenitor para salir de España. Las autoridades aduaneras pueden pedirte los documentos identificativos de tus hijos/as y la autorización de ambos progenitores para viajar fuera de España.
AQUÍ te dejo el enlace al documento de la Policía Nacional de autorización que deberás llevar firmado.
Para viajar fuera de la UE, tus hijos/as necesitarán pasaporte y para su expedición necesitarás también la autorización expresa del otro progenitor si tus hijos/as son menores de edad.
Cada vez que un menor requiera la expedición del pasaporte deberá hacerlo acompañado de ambos progenitores, que firmarán la perceptiva autorización ante el funcionario que vaya a hacer los trámites.
Así tendréis que hacerlo no solo para la obtención del primer pasaporte, sino cada vez que requiera su renovación porque haya caducado el anterior o bien porque se extraviado o haya sido sustraído.
En el supuesto de que uno de los padres o tutores no pueda estar presente, la persona que vaya con el menor a la oficina policial deberá aportar un consentimiento firmado ante Notario.
Estas normas pretenden dificultar que uno de los progenitores pueda cometer un secuestro parental, llevándose consigo a su hijo/a al extranjero.
Si tus hijos/as ya tenían pasaporte, al divorciaros podéis instar ante la autoridad judicial que le sea retirado el pasaporte para asegurarse así de que no van a salir al extranjero.
¿Y si el otro progenitor tiene el pasaporte de mis hijos/as y no quiere entregármelo?
Habrá que hacerle un requerimiento formal para que lo entregue.
¿Qué pasa si uno de los progenitores se niega a que se expida el pasaporte de tus hijos?
Mi consejo como Abogado de Divorcios en Santander es iniciar un Procedimiento judicial por existir entre los progenitores un conflicto en el ejercicio de la Patria Potestad y solicitar la autorización judicial para tramitar el pasaporte a tus hijos/as sin necesidad de contar con el consentimiento del otro progenitor.
¿Y si el otro progenitor no está localizable para solicitarle la autorización?
Igualmente habría que acudir al Juzgado para localizar al progenitor y si resultara infructuoso, el/la Juez dictaría una resolución atribuyéndote la potestad exclusiva para la expedición del pasaporte.
¿Qué otras obligaciones tengo cuando viaje con mis hijos/as?
Deberás comunicar al otro progenitor por cualquier medio fehaciente, el lugar exacto de destino, un teléfono de contacto del hotel donde os alojéis (si son varios, de cada uno de ellos) y las fechas del viaje.
No se trata de rendir cuentas a tu expareja, es que tu expareja es también padre/madre de tus hijos/as y tiene derecho a saber dónde se encuentran, como seguro que te ocurriría a ti en la situación contraria.
B. CAMPAMENTOS DE VERANO Y ACTIVIDADES DE OCIO
¿Puedo mandar a mis hijos de campamento cuando estén conmigo en verano?
Esa decisión le corresponde exclusivamente al progenitor que disfrute de sus hijos/as en cada periodo, no necesitas el consentimiento del otro progenitor.
Y esto se aplica tanto para los campamentos como para cualquier actividad de ocio o deporte.
No obstante, si la actividad puede ser peligrosa para la integridad física de tus hijos/as, necesitarás el consentimiento del otro progenitor.
En este caso te tocará a ti asumir el coste de estas actividades, salvo que esa actividad ya la viniera realizando antes, en cuyo caso se pagaría conforme a la proporción que hayáis establecido en el Convenio regulador
9. LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DURANTE LAS VACACIONES:
¿Si van a estar todo el mes conmigo por qué tengo que seguir pagando la pensión de alimentos?
Esta es otra de las preguntas que más me plantean los clientes en verano.
Siempre les respondo que la pensión de alimentos se fija anualmente, pero se distribuye mensualmente y en ella no sólo se incluye la comida de tus hijos/as, sino también la contribución a todas sus necesidades (gastos ordinarios escolares, vivienda, su paga semanal, su ropa, su calzado, su transporte, etc) que se ha establecido en el Convenio regulador que ha de ser sufragado por ambos progenitores.
10.- INCUMPLIMIENTOS EN LAS VACACIONES DE VERANO:
¿Cómo actuar en caso de incumplimientos de las cuestiones que te he referido?
En caso de incumplimiento habrá que solicitar judicialmente en el ámbito civil la ejecución de la sentencia o del convenio ante el Juzgado de familia para que se le imponga multa coercitiva al progenitor incumplidor.
Y en caso de seguir incumpliendo, como Abogado de Divorcios en Santander te aconsejo solicitar una modificación de medidas ante el Juzgado, cambiando el régimen de custodia o el régimen de visitas a tu favor.
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Consúltame, como Abogado de Divorcios en Santander y dedicada exclusivamente a conflictos familiares, te asesoraré sin compromiso sobre tus opciones.
Como Abogada experta en Divorcios, que requieren de una especialización y formación muy técnica para el correcto planteamiento de una demanda o de la elaboración de un Convenio regulador de mutuo acuerdo, mis conocimientos de la evolución jurisprudencial en esta materia es clave, pues los Tribunales van estableciendo nuevos criterios adaptados a las nuevas realidades.
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Autora: Chabela Méndez Sainz-Maza, Abogada de Familia en Santander y Mediadora familiar