Divorcio: ¿Se puede repartir la Custodia de los hijos en 2023?. Tu Abogado de Divorcios en Santander te lo explica

Repartir la custodia de los hijos en un divorcio. Abogado de Divorcios en Santander

¿Quieres divorciarte y te planteas convivir con alguno de tus hijos/as? ¿Tu hijo/a mayor quieres convivir contigo separándose de sus hermanos?. Como Abogado de Divorcios en Santander, te explico qué requisitos se tendrían en cuenta para acordar una custodia separada de los hermanos.

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La custodia puede acordarse en el proceso de separación o de divorcio y también en un proceso posterior de modificación de la custodia.

¿Qué dice la Ley sobre separar a los hermanos?

La ley establece un mandato general de no separar a los hermanos para favorecer su crianza conjunta y sus lazos afectivos, pero su aplicación no es obligatoria ni, mucho menos, automática.

En este sentido, el Tribunal Supremo sostiene que los hermanos sólo deben separarse en caso imprescindible, pues lo conveniente es que los hermanos permanezcan juntos para favorecer el desarrollo del afecto entre ellos y si bien puede optarse por que los hermanos se separen, esa medida se tomarán de forma excepcional y especialmente motivada, demostrando ser la más beneficiosa para los hijos como marco convivencia más adecuado para su desarrollo integral.

Pero cada caso es diferente y puede haber situaciones que aconsejen esa separación, como por ejemplo iniciar unos estudios universitarios en la ciudad donde viva el otro progenitor; conflictos entre los hermanos; falta de adaptación de un hijo/a a una nueva ciudad, etc.

En estos casos puede darse esta separación de los hermanos de forma excepcional si el/la Juez justificadamente lo considera conveniente en atención al interés superior de los menores.

Pero en todo caso si los separan, deberá preservarse la relación constante entre ellos.

¿Qué elementos cuentan para que se decida separar a unos hermanos en un Divorcio?

Si estás planteándote la separación de tus hijos/as en tu proceso de divorcio o han surgido conflictos familiares después de la ruptura que aconsejan que los hermanos vivan separados, te aconsejo que cuentes con el asesoramiento de un Abogado experto en Divorcios en Santander antes de tomar cualquier decisión, la brecha en la familia puede agrandarse y el conflicto familiar hacerse insalvable.

1.- Opinión de los propios hijos/as menores:

El menor tiene derecho a ser oído en el procedimiento judicial.

El/la Juez está obligado a escuchar a los menores de más de 12 años o si, no teniendo aún los 12 años, tiene suficiente madurez.

Si no tiene suficiente madurez, habrá que recabar informes y realizar las exploraciones de los menores por profesionales cualificados.

2.- Cómo se venía organizando la familia antes del divorcio:

Si antes de divorciarse, los progenitores ya se habían separado de hecho y habían decidido repartirse a los hijos/as, habiéndose organizado sin problemas, éste es un criterio relevante en la decisión de el/la Juez.

3.- El criterio del interés superior del menor:

La decisión judicial deberá adoptarse considerando siempre el principio del interés superior del menor recogido en la Convención de Derechos del Niño, lo que significa que si separarse de los hermanos es beneficioso para un hijo/a, esta medida podrá acordarse.

4.- Cómo es la relación de cada menor con sus progenitores:

Si existe conflicto familiar con uno de los progenitores o con un hermano/a y eso se une al deseo expresado por el hijo/a de marcharse a vivir con el otro progenitor, si es en beneficio del menor, el/la Juez puede acordarlo.

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22/4/2021 Autora: Chabela Méndez Sainz-Maza, Abogada experta en divorcios y custodias en Santander y Mediadora familiar

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