¿Hasta cuándo hay que pagar la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad?. Tu Abogado de Divorcios en Santander

Hasta cuándo pagar la pensión de alimentos a los hijos mayores. Abogado de Divorcios en Santander

Te contesto a tus dudas sobre la pensión de alimentos a tus hijos mayores de edad con mi experiencia como Mediadora familiar y Abogado de Divorcios en Santander.

Son malos momentos para muchas familias, pero has de tener presente que la pensión de alimentos a los hijos/as supone la entrada para ellos de recursos que cubren sus gastos básicos de estudios, alimentación, transporte, calzado, vestido, etc.

Partimos de que este tipo de pensiones no tiene su origen en la Patria potestad que los padres ejercen sobre los hijos/as menores de edad, sino en el deber general de prestarse alimentos entre parientes que se recoge en el Código civil y por tanto, se basa en el principio de solidaridad familiar que no termina con la mayoría de edad.

¿Existe un límite de edad para cobrar la pensión de alimentos?

No. Si bien es cierto que no es un derecho incondicional, no existe ningún artículo en el Código civil que determine el momento de la extinción de la pensión alimenticia.

Habrá que atender a las circunstancias del caso y a las socioeconómicas del momento temporal en que se solicite la extinción o reducción.

¿Qué requisitos deben darse para extinguir o reducir la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad?

Considera el Tribunal Supremo que llegada la mayoría de edad, habrá que seguir ayudando a los hijos/as mayores de edad mientras tengan una carencia de ingresos propios suficientes para vivir una vida independiente. Es decir, por “el tiempo que resta a dicho hijo/a mayor para concluir sus estudios y conseguir una ocupación laboral remunerada”, siempre que estos aprovechen los recursos que sus padres les brindan, cumplan con sus obligaciones de estudio y si no estudian, sean diligentes en la búsqueda de empleo.

Se trata de mantener el sustento básico necesario a los mayores de edad durante el tiempo que se encuentren formándose y con aspiración de entrada al mundo laboral, y así obtener ingresos económicos.

Y también, con esta precisión, se “trata de evitar posibles situaciones de no aprovechamiento, ni terminación de los estudios por una causa únicamente imputable al hijo/a, por desidia, pasividad o no realización de esfuerzo ninguno por su parte”.

Por tanto, para extinguirla es preciso que se den alguno de los siguientes requisitos:

  • que si tu hijo/a estudia, no obtenga rendimiento académico mínimamente aceptable, aun teniendo la capacidad suficiente para poder haberlo superado y que la causa sea únicamente imputable a él y a su propia actividad.
  • que habiendo terminado su formación académica, no esté buscando trabajo de forma mínimamente diligente
  • que tu hijo/a perciba sus propios ingresos

¿Se extinguirá la pensión de alimentos de forma automática? ¿Qué pasos hay que dar?

En los supuestos en los que se pueda probar alguno de los requisitos mencionados, en primer lugar habrá que intentar que ambos progenitores lleguen a un acuerdo por escrito (homologado judicialmente o notarialmente).

Como Abogado experto en Divorcios en Santander te voy a aconsejar siempre que tu primera opción sea llegar a un consenso con la otra parte, por ser esta opción la más rápida, segura y justa, pudiendo extinguirla o incluso acordar ajustar la cuantía a la situación económica que tengáis ambos progenitores.

Y te aconsejo que no dejes nunca de abonarla, ni te niegues al pago, porque esto podría tener serias repercusiones legales. No tomes ninguna decisión unilateral sin consultar a un Abogado de Familia en Santander.

Ten en cuenta que si no afrontas de forma unilateral el pago, será una deuda que se acumulará en un futuro.

En caso de que no haya acuerdo, habrá que acudir a los Tribunales a través de un procedimiento judicial de modificación de medidas para el que es preciso un Procurador y un Abogado de Divorcios en Santander.
Los Tribunales, en función del caso concreto, la extinguirán directamente o establecerán un periodo estimado en el que el hijo/a mayor deba terminar su formación académica o profesional y haber conseguido un puesto laboral con sus respectivos ingresos económicos, de tal forma que sean capaces de llevar una vida independiente.

¿Puedo reducir la pensión de alimentos de mi hijo mayor de edad si he perdido mi empleo o he visto reducidos mis ingresos?

La pensión de alimentos atiende al principio de proporcionalidad, velando por la proporcionalidad entre medios del progenitor obligado a abonarla y las necesidades del hijo/a, por lo que no bastará con que se hayas visto reducida tu capacidad económica, habría que solicitar que la pensión sea proporcional a los ingresos de cada uno de los progenitores.

En este caso, de nuevo recomiendo acudir en primer lugar a la vía del acuerdo entre ambos progenitores. Y si no es posible el acuerdo, habrá también que instar un procedimiento judicial de modificación de medidas, para el que se necesita Procurador y Abogado experto en Divorcios en Santander, para acreditar la pérdida de empleo o que ha habido una disminución sustancial de ingresos.

Requisitos:

Deberás:

  1. Probar que, comparando la situación económica que existía en su día en las medidas definitivas y la situación actual, ha existido un cambio sustancial en tus circunstancias económicas.
  2. Probar que esta disminución de ingresos no se trata de algo puntual, sino que se prevé se perdure un tiempo, afectando seriamente a tu situación patrimonial.

¿Y si mis hijos mayores tienen menos necesidades y gastos?

También podrás instar a la mayor brevedad posible judicialmente esta reducción si se acredita que los hijos/as mayores tienen menos necesidades y gastos, o que cuentan con trabajos a tiempo parcial, por ejemplo.
Para que se acuerde judicialmente la reducción, hay que acreditar la reducción de los gastos de tu hijo/a.

Insistir en que hasta que no se llegue a un acuerdo entre los progenitores o no lo determine un/a Juez, la obligación de pago de las pensión de alimentos no desaparece por el simple hecho de que tu economía empeore y debes seguir abonándola

En resumen, te aconsejo dar los siguientes pasos:

  • Habla con tu expareja y exponle tu situación económica actual
  • Ofrécele a cambio de reducir la pensión temporalmente, un acuerdo que mejore el reparto de los cuidados de tu hijo/a.
  • Proponle un pacto económico proporcional a la situación económica de cada uno temporalmente.
  • Plasmadlo por escrito.
  • En caso de que no lleguéis a un acuerdo, acude a un Abogada experta en Divorcios en Santander para que analice tu caso concreto y te asesore sobre tus opciones en atención a tus circunstancias familiares.

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Autora: Chabela Méndez Sainz-Maza, Abogada experta divorcios en Santander y Torrelavega y Mediadora familiar

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