¿Qué pasa si un heredero bloquea el reparto de una Herencia en 2022? Tu Abogado de Herencias en Santander te responde

qué hacer si un heredero bloquea una Herencia. Abogado de Herencias en Santander

Voy a darte soluciones a un problema frecuente cuando los herederos tienen que hacer la partición de la Herencia con mi experiencia como Abogado de herencias en Santander:

  • Si hay testamento, el fallecido determina quienes son los herederos.
  • Si no lo hay, es la ley la que determina quiénes están llamados a heredar.

Pero en ambos casos no se pueden repartir los bienes de una herencia si esta no ha sido aceptada previamente por todos los llamados a ello, por lo que el heredero que se niega a aceptar o repudiar una herencia está bloqueando la partición de los bienes que la integran.

La solución: La interpelación para aceptar o renunciar a la Herencia

Voy a comentarte cuáles son tus opciones cuando te encuentras en esta situación de bloqueo tan frustrante. Estos serían pasos:

1.- En primer lugar, te aconsejo que acudas a un Abogado de Herencias en Santander para que te asesores bien antes de dar los siguientes pasos ya que la solución que te propongo puede ser un paso previo a un litigio sobre partición de herencia.

2.- Dejar pasar 9 días desde el fallecimiento.

3.-Comprobar si existe o no testamento. En el segundo caso, será necesario realizar una declaración de herederos, que exige un serie de trámites

4.- Visto el testamento, te aconsejo realizar una interpelación notarial para forzar al heredero que bloquea a que tome una decisión y el proceso pueda seguir su curso. Esta vía nos ofrece agilidad, la rapidez y la eficacia.

Para realizar esta interpelación notarial la Ley exige tener un interés legítimo. Hablamos por tanto de herederos y legatarios en primer lugar, y también de aquellos que, en caso de renuncia, pudieran ser llamados a aceptar la herencia como herederos intestados o sustitutos. Por otra parte, los acreedores de las deudas existentes en la herencia también estarían legitimados por el interés que tienen para cobrar las cantidades que se les deben.

Una vez hecha la interpelación notarial, el heredero que se niega a firmar la herencia tendrá 30 días para decir sí:

• Acepta la herencia sin más o a beneficio de inventario
• Renuncia a la herencia.

5.- Si este plazo de 30 días pasa y el heredero que obstaculiza se niega a firmar la herencia, se entiende que acepta la herencia de forma pura y simple (es decir, con sus deudas y sus bienes, de forma que si la herencia tiene más deudas tendrá que hacer frente a las mismas incluso con su propio patrimonio) por no haberla aceptado antes a beneficio de inventario o haberla rechazado.

Desde ese momento, los herederos tienen abierta la vía judicial o notarial para desbloquear la herencia.

La vía notarial para desbloquear la Herencia

Tras la interpelación, para seguir la vía notarial para dividir la herencia, se exige que la soliciten los herederos que como mínimo supongan el 50% del haber hereditario.

El primer paso será que el Notario/a designe un contador-partidor encargado de realizar el reparto de la herencia.

La partición que él haga debe ser aprobada por todos los herederos y legatarios. Y si de nuevo hay conflicto familiar y no todos la aprueban, el Notario podrá aprobarla.

La partición realizada por el contador-partidor puede ser impugnada en un Juzgado.

La vía judicial para desbloquear la Herencia: ¿Cómo se divide judicialmente la herencia?

El procedimiento judicial para solicitar la división de la herencia comienza con una demanda para lo que necesitarás contratar un Abogada de Herencias de Santander.

Una vez solicitada judicialmente la división, y en los casos que sea necesario, se puede acordar la intervención de los bienes y la formación de inventario, así como el nombramiento de una persona que se encargue de la administración de los mismos.

Los herederos serán convocados a una Junta de Herederos, a la que también acudirá el Ministerio Fiscal si alguno de los herederos es menor o incapaz o ha sido declarado ausente y aún no se ha designado a su representante.

Nombramiento de contador partidor

En esta Junta Judicial para dividir la herencia, los interesados deben ponerse de acuerdo para nombrar a un contador-partidor hereditario.

También deben los herederos nombrar un Perito para valorar y tasar los bienes integrados o a integrar en la masa hereditaria.

Si no se alcanza ningún acuerdo para designar al contador-partidor y los peritos, se le designará por sorteo (el cargo de contador-partidor debe recaer sobre un abogado en ejercicio).

El informe que emita el contador-partidor debe contener :

1.- Una relación de los bienes que componen la herencia.

2.- Valoración de los bienes inventariados.

3.- División que se practica de los mismos.

4.- Atribución a cada uno de los herederos de las cuotas o lotes en los que se divide la masa hereditaria.

¿Es posible la Oposición a las operaciones de división hereditaria?

Las operaciones efectuadas por el Contador-Partidor serán comunicadas a todas las partes que intervengan en el procedimiento para que, si no están conformes, puedan oponerse a ellas a través de un juicio verbal.

Una vez que se haya realizado la partición y la adjudicación, cada coheredero adquiere la propiedad y la posesión de los bienes que se le otorguen.

La resolución judicial que en su caso se dicte, permitirá al beneficiario cambiar a su favor la titularidad de los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad, aunque previamente se deberán liquidar los impuestos y tributos que sean aplicables.

¿Qué es y qué hace un Contador partidor?

Tanto en la vía notarial como en la judicial , el contador partidor es un tercero independiente y profesional que se encargará de determinar qué bienes integran la herencia, cual es su valor, y repartir los bienes entre los interesados en la sucesión (herederos, legatarios y legitimarios) en función de la voluntad del causante manifestada en el testamento, o en su defecto en la proporción que determine la declaración de herederos intestados.

Si se sigue la vía notarial para nombrar el contador partidor, será el Colegio notarial de Cantabria el que por sorteo lo elija entre la lista de profesionales que elabora anualmente.

Simplemente inventaría, evalúa los bienes y deudas y procede al reparto, pero si en la herencia hay menores e incapaces ha de citar a sus representantes legales.

Para que tus herederos no se encuentren ante este tipo de problemas, te aconsejo que hagas un testamento lo más detallado posible.

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4/1/2022 Autora: Chabela Méndez Sainz-Maza, Abogada de herencias en Santander y Mediadora familiar

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