Si necesitáis acceder al saldo de la cuenta bancaria de un familiar fallecido para pagar sus gastos, te explico cómo con mi experiencia como Abogado de Herencias en Santander.
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¿Cómo puedes saber qué cuentas bancarias tenía abiertas la persona fallecida?
Si eres heredero, podrás recabar esta información de la Agencia Tributaria, presentando cierta documentación.
Saber qué cuentas bancarias tiene un fallecido es muy importante porque puede tener cuentas a su favor, pero también puede tener en su contra deudas, información muy relevante para decidir si aceptas la herencia “a beneficio de inventario” si las deudas superan a los bienes.
¿Cómo acceder al dinero depositado en esa cuenta?
Has de saber que el saldo de estas cuentas les corresponde exclusivamente a las personas que resulten beneficiarias de la herencia.
Las personas autorizadas en la cuenta dejarán de tener poder sobre la cuenta tras el fallecimiento del titular.
La entidad bancaria tiene la obligación de informar de todas las cuentas que el fallecido tuviese, pero esto no supone poder disponer de forma inmediata del los fondos o activos que la persona fallecida tuviese.
El Banco necesita asegurarse de que:
- Se acredita la condición de heredero aportando el certificado de defunción y el certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades de la persona fallecida; una copia autorizada del último testamento o, si no lo hubiera, de la declaración de herederos; y la documentación que demuestra la aceptación, partición y adjudicación de la herencia.
- Se autoriza por parte de todos los herederos el acceso al saldo de la cuenta.
3.- Se acredita el pago del Impuesto sobre Sucesiones o su exención.
Además, si la cuenta es conjunta y ha fallecido uno de sus titulares, los demás titulares no podrán disponer del dinero que le correspondiese al fallecido, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido.
Y si la cuenta es compartida pero indistinta, el titular o titulares sobrevivientes podrán seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares.
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14-4-2021 Autora: Abogada experta en Herencias Santander y Mediadora familiar.